Se modificaron artículos referidos a los requisitos de admisibilidad a trámite aplicables a proyectos de saneamiento de gobiernos regionales y locales.
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) flexibilizó los requisitos para admitir a trámite las solicitudes de financiamiento de inversiones del sector Saneamiento. Se estima que esta medida permitirá ejecutar más obras de agua y saneamiento en beneficio de la población.
Para ello, mediante Resolución Ministerial 116-2022-VIVIENDA, publicada en el diario oficial El Peruano, el MVCS modificó los requisitos específicos de admisibilidad a trámite aplicable a los gobiernos regionales y gobiernos locales en pequeñas ciudades y en el ámbito rural, los que se encontraban contenidos en la Resolución Ministerial 358-2021-VIVIENDA.
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En ese sentido, el MVCS ha eliminado como requisito específico de admisibilidad a trámite la presentación de los instrumentos de gestión (como el reglamento de organización de funciones, el plan estratégico institucional y el plan operativo institucional) exigidos a las unidades de gestión municipal (UGM) y las áreas técnicas municipales (ATM) a cargo del diseño de los proyectos.
Estos documentos se reemplazaron por el compromiso suscrito por el gerente municipal de adecuar los instrumentos de gestión para permitir el funcionamiento de las UGM y las ATM.
También se han realizado modificaciones a los artículos 9 y 10 de la Resolución Ministerial 358-2021-VIVIENDA relacionadas a las autorizaciones que deben presentar los gobiernos locales y regionales para financiar inversiones en el ámbito rural y en pequeñas ciudades.